El trabajo y las relaciones sociales que genera, es y ha sido objeto de múltiples encuadres jurídicos.
Históricamente, durante miles de años, la forma dominante de relación de las personas debido al trabajo fue la esclavitud..El propietario, como dueño de la cosa, tiene el derecho de usarla y venderla por su sola voluntad, y apropiarse de los frutos de su trabajo. En un régimen hay mercado de personas (trata de personas). A partir del siglo XIX, la esclavitud comienza a dejar de ser la forma dominante de trabajo, proceso relacionado con el desarrollo del sindicalismo y la democracia. Sin embargo, contra lo que suele pensarse, la esclavitud no ha desaparecido y permanece bajo antiguas y nuevas formas de trabajo forzoso en amplios sectores del mundo del trabajo incluso en los países más desarrollados.
Actualmente la forma dominante es el trabajo asalariado, o trabajo en relación de dependencia, o trabajo por cuenta ajena. El trabajador o “empleado”, es reconocido en su condición de persona al igual que aquel que va a utiliza su trabajo. La relación se concreta a través de un contrato en el que se establecen el precio y las condiciones en que será prestado el trabajo. El empleador contrata uno o más trabajadores para utilizar su trabajo en una actividad productiva organizada, generalmente con la intención de obtener una ganancia. La organización de recursos humanos y materiales con un fin de producir un valor agregado se denomina “empresa”.
En las sociedades modernas los trabajadores se inclinan en sindicatos con el fin de negociar el convenio colectivo de trabajo, ya sea directamente con el empleador para una sola empresa, o con un grupo de empleadores organizados para un sector o un oficio. Por otra parte el trabajo asalariado está especialmente protegido por el Derecho laboral, nacional e internacional, que establece contenidos mínimos obligatorios que deben ser incluidos en todos los contratos de trabajo.
Fuera del trabajo asalariado existe un amplio abanico de formas de trabajo con diferentes estatutos jurídicos.
El trabajo por cuenta propia: El autoempleo individual o trabajo autónomo, el autoempleo colectivo, El trabajo “informal” en relación de dependencia, El trabajo “informal” de simple supervivencia por cuenta propia. El trabajo del hogar (perspectiva de género. El Trabajo sexual ,perspectiva de género. El Becario de investigación.
Históricamente, durante miles de años, la forma dominante de relación de las personas debido al trabajo fue la esclavitud..El propietario, como dueño de la cosa, tiene el derecho de usarla y venderla por su sola voluntad, y apropiarse de los frutos de su trabajo. En un régimen hay mercado de personas (trata de personas). A partir del siglo XIX, la esclavitud comienza a dejar de ser la forma dominante de trabajo, proceso relacionado con el desarrollo del sindicalismo y la democracia. Sin embargo, contra lo que suele pensarse, la esclavitud no ha desaparecido y permanece bajo antiguas y nuevas formas de trabajo forzoso en amplios sectores del mundo del trabajo incluso en los países más desarrollados.
Actualmente la forma dominante es el trabajo asalariado, o trabajo en relación de dependencia, o trabajo por cuenta ajena. El trabajador o “empleado”, es reconocido en su condición de persona al igual que aquel que va a utiliza su trabajo. La relación se concreta a través de un contrato en el que se establecen el precio y las condiciones en que será prestado el trabajo. El empleador contrata uno o más trabajadores para utilizar su trabajo en una actividad productiva organizada, generalmente con la intención de obtener una ganancia. La organización de recursos humanos y materiales con un fin de producir un valor agregado se denomina “empresa”.
En las sociedades modernas los trabajadores se inclinan en sindicatos con el fin de negociar el convenio colectivo de trabajo, ya sea directamente con el empleador para una sola empresa, o con un grupo de empleadores organizados para un sector o un oficio. Por otra parte el trabajo asalariado está especialmente protegido por el Derecho laboral, nacional e internacional, que establece contenidos mínimos obligatorios que deben ser incluidos en todos los contratos de trabajo.
Fuera del trabajo asalariado existe un amplio abanico de formas de trabajo con diferentes estatutos jurídicos.
El trabajo por cuenta propia: El autoempleo individual o trabajo autónomo, el autoempleo colectivo, El trabajo “informal” en relación de dependencia, El trabajo “informal” de simple supervivencia por cuenta propia. El trabajo del hogar (perspectiva de género. El Trabajo sexual ,perspectiva de género. El Becario de investigación.
El Día Internacional de los Trabajadores o Primero de Mayo, es la fiesta por antonomasia del movimiento obrero mundial. Es una jornada que se ha utilizado habitualmente para realizar diferentes reivindicaciones sociales y laborales.
Desde su establecimiento en la mayoría de países (aunque la consideración de día festivo fue en muchos casos tardía) por acuerdo del Congreso Obrero Socialista de la Segunda Internacional, celebrado en París en 1889, es una jornada de lucha reivindicativa y de homenaje a los Mártires de Chicago. Estos sindicalistas anarquistas fueron ejecutados en Estados Unidos por su participación en las jornadas de lucha por la consecución de la jornada laboral de ocho horas, que tuvieron su origen en la huelga iniciada el 1 de mayo de 1886 y su punto álgido tres días más tarde, el 4 de mayo, en la Revuelta de Haymarket. En la actualidad es una fiesta reivindicativa de los derechos de los trabajadores en sentido general, y se celebra en muchos países.
Llamativamente, en Estados Unidos y Canadá no se celebra esta conmemoración. En su lugar se celebra elLabor Day el primer lunes de septiembre en un desfile realizado en Nueva York y organizado por la Noble Orden de los Caballeros del Trabajo (Knights of Labor, en inglés). El presidente Grover Cleveland, auspició la celebración en septiembre por temor a que la fecha de mayo reforzase el movimiento socialista en los Estados Unidos desde 1882. Canadá se unió a conmemorar el primer lunes de septiembre en vez del primero de mayo a partir de 1894.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario